Adiós al Greenwashing: La UE Actúa contra la desinformación ambiental


La UE declaró que a partir de ahora solo será aceptada la etiqueta de sostenibilidad basada en sistemas de certificación oficiales. Conoce qué se prohibirá

Como sabemos la Unión Europea (UE) es una entidad geopolítica que cubre gran parte del continente europeo, formada por 27 países. La UE está comprometida con el desarrollo sostenible basado en los siguientes retos: El cambio climático y energía limpia; el transporte sostenible; el consumo y producción sostenible; la conservación y la gestión de los recursos naturales; la salud pública; la inclusión social, demográfica y migración; y la pobreza en el mundo. 

Recientemente la Unión Europea finalizó el proyecto de ley que establece normas para prohibir el greenwashing, práctica empresarial o de marketing que pretende presentar una imagen de compromiso ambiental y sostenibilidad pero que en realidad carecen de acciones significativas en ese sentido. Tema que, para la UE es importante ya que han establecido objetivos ambientales ambiciosos a través de medidas para abordar el cambio climático y fomentar la transición hacia una economía baja en carbono. 

La norma prohíbe la publicidad engañosa que en estos términos, las empresas y/o marcas deben cumplir con estos requisitos: 

  1. Protección del consumidor: Se debe garantizar que las afirmaciones ambientales sean justas y fiables.
  2. Mejorar la transparencia: Es importante mejorar la calidad en la información proporcionada a los consumidores. 
  3. Fomentar la sostenibilidad: Promover el consumo y la producción sostenible. 

Al mismo tiempo esta norma actualiza qué prácticas serán prohibidas: 

  1. Afirmaciones basadas en compensación de emisiones, es decir, reclamos basados en esquemas que indican que un producto tiene un impacto neutral, reducido o positivo en el medio ambiente. 
  2. Reclamos ambientales generales con frases como: ‘Amigable con el medio ambiente’, ‘natural’, ‘biodegradable’ o ‘eco’, no podrán ser utilizadas sin las certificaciones ambientalmente reconocidas. 
  3. Anuncios de productos con limitaciones en su durabilidad, es decir, aquella publicidad de bienes que poseen una característica específica que restringe su durabilidad, particularmente cuando se dispone de información sobre dicha característica y sus repercusiones en la duración del producto.
  4. Inducir al consumidor a la sustitución prematura de consumibles, como cartuchos de tinta de impresora, antes de lo estrictamente necesario.
  5. Actualizaciones de software sin justificación y describirlas como actualizaciones de software esenciales, mejorando únicamente las características de funcionalidad en lugar de ser realmente cruciales. 
  6. Etiquetas de sostenibilidad no certificadas ni basadas en esquemas de certificación establecidos por las autoridades públicas. 
  7. Presentación engañosa sobre reparabilidad es decir, presentar bienes como reparables cuando no lo son. 

Es importante reafirmar que esta medida ayudará a mejorar el etiquetado de los productos y a hacer un estudio más preciso de las mismas, sin embargo también se encuentra el problema de la variación de imagen que pueden tener las empresas y se conviertan en verdades ‘a medias’ 

Desde la Red de Periodistas por el Desarrollo Sostenible invitamos a nuestros periodistas a siempre acudir a la información precisa y veraz de lo que se busca comunicar para garantizar la integridad de nuestro trabajo y contribuir de manera efectiva a la conciencia pública sobre el desarrollo sostenible. En un momento en el que la desinformación y el greenwashing son desafíos significativos, nuestro compromiso con la honestidad informativa es más crucial que nunca. 

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